Ayudas a proyectos del ámbito de los videojuegos. Generalitat de Cataluña

El objeto de esta convocatoria es la concesión de ayudas para proyectos del ámbito de los videojuegos que tengan una temporalidad definida, que sean económicamente identificables y diferenciables dentro de la actividad de la empresa y que consistan en el desarrollo, la producción, la edición, la distribución, la comercialización o la difusión de videojuegos. Convocadas por el Instituto Catalán de las Empresas Culturales de la Generalitat de Cataluña.

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Las ayudas previstas en estas bases se articulan en las siguientes modalidades:

a) Aportación reintegrable.

b) Subvención.

Pueden presentar solicitudes las empresas privadas que sean personas físicas o jurídicas que tengan como objeto social el desarrollo, la producción, la edición, la distribución, la comercialización o la difusión de videojuegos y que cumplan los requisitos y condiciones establecidos en la base 3.

También pueden presentar solicitudes las agrupaciones de empresas que se constituyan en uniones temporales de empresas (UTE) que cumplan los requisitos que se establecen en las bases generales y en las presentes bases específicas.

No son destinatarios de las aportaciones reintegrables ni de las subvenciones reguladas en estas bases las asociaciones, las fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro, las agrupaciones de interés económico, así como las administraciones públicas y los entes que dependen de ellas.

a) Tener solvencia económica y técnica contrastada. Se considerará que no tiene solvencia económica si el balance de la empresa del último ejercicio cerrado presenta fondos propios negativos. En caso de que el solicitante acredite variaciones patrimoniales posteriores que supongan una mejora de la situación económica de la empresa, podrá considerarse que tiene solvencia económica.

En el caso de empresarios personas físicas, se entenderá que no tienen solvencia económica si los rendimientos de la actividad económica a efectos del IRPF no son positivos.

b) Tener una antigüedad mínima en la actividad de dos años o poder demostrar que los profesionales de la empresa vinculados al proyecto tienen una antigüedad mínima en actividades similares de la misma duración.

c) Participar a riesgo y ventura en el proyecto objeto de la ayuda.

La cuantía de la ayuda depende del importe del presupuesto financiable, pudiendo oscilar entre el 35% al 10% de dicho presupuesto.

Plazo de presentación

  • Del 15 de marzo al 29 de abril de 2021

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